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La investigación de la UE sobre los clubes de fútbol

jueves, 19 diciembre, 2013
ABC

Con anterioridad a la vigente Ley del Deporte de 15 de octubre de 1.990, los clubes de fútbol eran asociaciones privadas que carecían de ánimo de lucro, tenían por objeto exclusivo fomentar el deporte, los directivos y los socios no respondían personalmente por las deudas del club y, en caso de desaparición, los bienes del club no eran para sus socios, sino para la Administración Pública. Con esta regulación, aunque no solo como consecuencia de ella, el endeudamiento de los clubes de 1ª y 2ª División ascendía, en octubre de 1.990, a 35.000 millones de pesetas. A principios de la década de los noventa era muy fácil diagnosticar el estado en el que se encontraba el mundo del fútbol profesional: estaba en la más completa la ruina. Lo difícil era encontrar el tratamiento adecuado para esta grave enfermedad.

Para poner fin a esta situación, la citada Ley del Deporte llevó a cabo un plan con el que se pretendía sanear el mundo del fútbol y dotarlo, además, de los instrumentos necesarios para evitar que volviera a caer en una situación de crisis económica. El tratamiento que entonces se diseñó en dicha Ley para sanear a los clubes de fútbol se basaba en dos medidas: liberarlos de deudas e inyectarles nuevos recursos económicos.

El primer objetivo del plan de saneamiento previsto en la Ley de Deporte era “eliminar” la deuda que arrastraban los clubes de fútbol. Para ello, se pactó que la patronal de los clubes de fútbol, la Liga de Fútbol Profesional, (en adelante LFP) se hiciera cargo de la deuda -vamos a llamarla pública- que tenían éstos con Hacienda, la Seguridad Social y el Banco Hipotecario (con este último por la remodelación de los estadios para el Mundial de 1.982); deuda que la propia LFP iría pagando, tras hacerse con los ingresos que correspondían a los clubes por los contratos de televisión y el porcentaje que recibían de las quinielas, que se incrementó ligeramente con esta finalidad.

Pero quedaban por resolver otros dos problemas: el pago de la deuda privada y la recapitalización. A este efecto, lo primero que hizo el Legislador de 1990 fue averiguar si todos los clubes tenían esos dos problemas. La respuesta fue negativa porque había cuatro clubes que desde la temporada 1985-86 venían reflejando en sus balances auditados un saldo patrimonial neto positivo. Por lo cual, estos cuatro clubes, que son el Real Madrid, Barcelona, Athletic de Bilbao y Osasuna, quedaron al margen del tratamiento de recapitalización que estableció entonces el Legislador, y que había demostrado una gran eficacia en otros ámbitos empresariales, que fue acudir a la figura de la sociedad anónima.

Pero solo con acudir a la figura de la sociedad anónima no se resolvía el problema: había que poner en marcha una segunda medida cuyo objetivo esencial era “recapitalizar” a los clubes. Dicha medida consistió en obligar a todos los clubes, excepto a los cuatro indicados, a convertirse en sociedades anónimas deportivas y obligarlas a nacer con un elevado capital social. Cada una de estas sociedades nació con un capital social que fue suscrito íntegramente por los socios mediante aportaciones de dinero, que estaba formado por el 50% de la media de gastos de todos los equipos durante los tres últimos años y por el importe de los saldos patrimoniales netos negativos reflejados en las auditorias de cada club a 30 de junio de 1.991. Con esta composición del capital social se hacía posible que los clubes convertidos en SAD contaran con medios para pagar sus deudas privadas, y que todavía les quedara un fondo de maniobra para los próximos ejercicios sociales. El resultado de este plan de saneamiento fue que el mundo del fútbol profesional se saneó y se recapitalizó: las nuevas sociedades anónimas deportivas no sólo nacieron sin deudas, sino que en ese momento recibieron de sus socios, a cambio de las acciones, nada menos que 15.262.874.000 de pesetas, que hoy serían 91.731.721 €.

Por su parte, los cuatro clubes que no se convirtieron en SAD quedaron excluidos de este plan, pero solamente parcialmente: se les aplicó la medida del saneamiento, pero no la de la recapitalización. No quedaron totalmente excluidos del plan de saneamiento porque también tenían deuda con los acreedores públicos, y, por tanto, se vieron sometidos al plan de pago a través de la LFP previsto en el plan de saneamiento. Pero no se recapitalizaron porque teóricamente no lo necesitaban. Como desde la temporada 1985-1986 venían teniendo, según sus auditorías, un saldo patrimonial neto de carácter positivo, no tenía mucho sentido obligarlos a convertirse en sociedades anónimas deportivas y como no se tuvieron que transformase en SAD nunca llegaron a emitir acciones y, por tanto, tampoco pudieron ingresar el importe de su nominal.

Puede que mantener la vestidura jurídica de asociaciones privadas que tienen estos cuatro clubes les suponga alguna ventaja fiscal en cuanto al tipo, pero no se puede olvidar que el posible beneficio que pueden obtener por esta vía se compensa con el dato de que están sometidas a un estatuto jurídico menos preciso y flexible que las SAD y desde luego más riguroso para sus juntas directivas.

 

 

No logro descubrir la razón

lunes, 4 noviembre, 2013
La Voz de Galicia

Me propongo averiguar si hay alguna razón que demuestre que Cataluña es diferente al resto de España, mereciendo, por ello, un trato político y económico desigual y privilegiado. Voy a moverme exclusivamente en el plano racional, no en el de los sentimientos y emociones, porque lo que sienta cada uno es irrelevante si no sirve para persuadir a los demás. Si alguien se considerase, por ejemplo, extraterrestre, solo lo tendríamos por tal si pudiera demostrarlo. Entraríamos entonces en el dominio de la razón, que es del que no hay que salirse para abordar seriamente el problema.

Pues bien, el primer obstáculo que surge es determinar quién es el sujeto de esa supuesta diferencia: Cataluña como entidad política, su territorio, o el conjunto de habitantes que viven allí. La cuestión se suscita porque estas tres realidades son difíciles de separar, toda vez que la entidad política Cataluña está formada por todos los ciudadanos que habitan duraderamente en su territorio.

Y es entonces cuando comienzan a asaltarme las dudas. Por reseñar solo algunas: si lo determinante son las personas más que el lugar en que viven, ¿qué sujetos son los portadores de esa supuesta diferencia merecedora del trato privilegiado? ¿Todos los que están censados allí actualmente, incluidos los que proceden de otras regiones? ¿O solo los de rancia estirpe catalana? Si son estos últimos, ¿hasta cuántas generaciones hay que remontarse? ¿Y qué sucede si alguno de ellos se traslada a vivir fuera de Cataluña? ¿Se lleva a cuestas el trato privilegiado a su nuevo lugar de residencia? Por último, ¿cuál es la razón para excluir a los que habitan hoy allí y no descienden de ellos? Demasiadas preguntas y difícil de justificar la respuesta que se elija.

Si se opta por la salida más fácil, a saber: Cataluña son todos los que viven actualmente en esta parte de España, ¿qué razón justifica que deba recibir un trato privilegiado alguien que se haya trasladado a vivir allí, y que se le niegue, en cambio, a los que no se hayan movido de su pueblo? ¿Es que el solo hecho de ir a vivir a Cataluña es argumento suficiente para ser considerado portador de ese hecho diferencial generador del merecimiento al trato privilegiado?

Es posible que se diga que el merecimiento viene desde antiguo. Pero por mucho que busco en la historia de España no encuentro un acontecimiento protagonizado por catalanes que haya hecho merecedores a sus descendientes de recibir un trato privilegiado frente al resto de los españoles. ¿Se podría justificar el pretendido hecho diferencial inventando una razón histórica? Se puede, pero sería racionalmente inadmisible, porque tan burda manipulación del pasado sería fácilmente desmontable acudiendo a la historia.

Finalmente, ¿se puede admitir como hecho diferencial la riqueza de sus residentes? Sí, pero ¿en qué razón se podría fundamentar esa prerrogativa, que no fueran la insolidaridad y el egoísmo? ¿Tendríamos que admitirlo los demás? Los buenos y generosos, rotundamente no.

Cuestión de grandeza

martes, 8 octubre, 2013
La Voz de Galicia

En su reciente viaje a Kazajistán y Japón, Mariano Rajoy, tras reseñar que el señor Mas se estaba equivocando con sus planteamientos secesionistas, lo invitó a que tuviera un acto de grandeza; es decir, a que procediera con excelencia moral y abandonara sus pretensiones separatistas. La respuesta del señor Mas fue inmediata: la verdadera grandeza era que se dejara expresar al pueblo en una consulta.

Tiene sentido pedir a los adversarios políticos que actúen con elevación de espíritu cuando se trata de afrontar problemas de interés nacional, como puede ser la pretensión de amputar una parte del territorio español. Pero habrá quien se pregunte -y seguro que no son pocos- si en el punto en el que están las cosas tiene sentido seguir con la política de las grandes palabras y de los paños calientes. Desde luego, la prudencia de todo buen gobernante -que tiene además la sartén por el mango- aconseja hacer todo lo posible por no romper definitivamente. Pero esta actitud puede ser malinterpretada no solo por los políticos implicados, sino por los ciudadanos en general, que pueden ver un signo de debilidad allí donde parece haber generosidad con los de menos poder político.

En cualquier caso, una vez más, el presidente del Gobierno volvió a fijar de manera nítida la línea que el señor Mas no puede traspasar: la Constitución. Porque mientras no se modifique -si es que alguna vez llega a serlo-, la Constitución compendia las reglas de juego que nos hemos dado los españoles para convivir pacíficamente y en libertad. Y no nos ha ido mal precisamente.

Por eso, discrepo radicalmente de la opinión del presidente de la Generalitat de Cataluña cuando dice que la grandeza es dejar que se exprese el pueblo. Si el pueblo al que se refiere es el español, y lo que pide es que todos nosotros nos expresemos al respecto en el referendo que prevé la Constitución -propuesto por el presidente del Gobierno, previa autorización del Congreso y convocado por el rey-, no tengo nada que decir. Pero es evidente que en su cabeza no hay más pueblo que el catalán; por eso considerar que la grandeza moral es oír solo a los catalanes e incumplir la Constitución me parece un dislate más de este personaje del que empiezo a pensar, como brillantemente expuso en este periódico Roberto Blanco Valdés, que es un cuentista, un pícaro, un iluminado o un farsante y, desde luego, el mayor irresponsable de nuestro panorama político.

Pudiera parecer que si se recurre al insulto es porque carecemos de razones, ya que, según escribió Quevedo, «el insulto es la razón del que razón no tiene». Pero no es lo que ocurre en este caso. Multitud de comentaristas han expuesto razones irrebatibles que demuestran indubitadamente que una consulta al pueblo catalán sobre su soberanía no tiene cabida en la Constitución. Si me sumo a los calificativos de Blanco Valdés es porque, como ha dicho Napoleón, «hay pícaros suficientemente pícaros para portarse como personas honradas». Y el señor Mas puede ser uno de ellos

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